CuentaNeta tablas 2026 · rev. 2026-10-14

Actualización del alquiler: IRAV, IPC y límite del 2 %

Revisado el 20 de octubre de 2026 · Fuentes: art. 18 de la LAU y Real Decreto-ley 29/2026 (BOE); IRAV e IPC del INE (datos descargados el 20 de octubre de 2026)

Respuesta corta: la renta solo se actualiza si el contrato lo prevé, una vez al año y en la fecha en que se cumple cada año de contrato (art. 18.1 LAU). Se toma el último índice publicado por el INE en esa fecha. Último IRAV: 2,54 % (septiembre de 2026, publicado el 14 de octubre de 2026). Último IPC general: 4,9 % (septiembre de 2026, publicado el 14 de octubre de 2026).

Real Decreto-ley 29/2026, en vigor desde el 8 de octubre de 2026 y pendiente de convalidación por el Congreso. Para las actualizaciones cuya anualidad se cumpla entre el 8 de octubre de 2026 y el 31 de diciembre de 2027: si la renta supera el límite máximo del sistema de índices de precios de referencia, no procede ninguna subida (0 %); en los demás casos, la subida es la del nuevo pacto entre las partes y, sin nuevo pacto, como máximo del 2 % (disposición final sexta). Además, desde el 8 de octubre de 2026 el art. 18.1 LAU limita cualquier actualización al IRAV. Si el Congreso lo derogara, estas reglas dejarían de aplicarse; por eso la calculadora muestra también el resultado sin el RDL. Qué cambia según el resultado en el Congreso.

Orientativo, no es asesoramiento jurídico. El cálculo parte de la cláusula del contrato y no sustituye a su lectura.

Calculadora de la actualización de la renta

Datos del contratoEUR

El cálculo se realiza en el navegador. No se guardan datos.

Resultado

Introduce la renta, la fecha de firma, el mes de la actualización y la cláusula, y pulsa «Calcular la actualización».

Supuestos: no hay nuevo pacto entre las partes; el índice del contrato se toma del último mes publicado en la fecha de actualización, como en el art. 18.1 LAU; renta redondeada al céntimo.

Qué índice se aplica

  1. Sin cláusula de actualización, la renta no se actualiza (art. 18.1 LAU), salvo en los contratos firmados antes del 1 de abril de 2015, que conservan el régimen de su fecha (disposición transitoria 4.ª de la Ley 12/2023) y que esta calculadora no calcula.
  2. Con cláusula, se aplica lo pactado, con estos límites según la fecha de la actualización: en 2024, como máximo el 3 % sin nuevo pacto (art. 46.2 del RDL 6/2022); desde 2025, el IRAV para los contratos firmados desde el 26 de mayo de 2023 (disposición adicional 11.ª LAU) y el IPC para los firmados desde el 6 de marzo de 2019.
  3. Del 22 de marzo al 29 de abril de 2026, el Real Decreto-ley 8/2026 (BOE-A-2026-6545, art. 2) limitó al 2 % la actualización a falta de nuevo pacto, hasta su derogación (BOE-A-2026-9359, publicada el 30 de abril de 2026). La calculadora aplica ese tope a esas fechas y no calcula el 30 de abril.
  4. Desde el 8 de octubre de 2026, el IRAV limita la actualización de todos los contratos, también los anteriores al 26 de mayo de 2023 (art. 18.1 LAU y disposición transitoria 4.ª de la Ley 12/2023, en la redacción del RDL 29/2026). Hasta el 31 de diciembre de 2027 se suma el límite del 2 % o del 0 % descrito arriba.
  5. Mes del índice: el último publicado en la fecha de actualización. El INE publica cada mes hacia mediados del mes siguiente; la calculadora usa su calendario de publicación.
  6. Desde cuándo se paga: la renta actualizada es exigible desde el mes siguiente a la notificación por escrito con el porcentaje aplicado (art. 18.2 LAU).

Ejemplo

Contrato firmado el 1 de noviembre de 2024 con cláusula de actualización por el IPC y una renta de 900,00 € al mes; la anualidad se cumple el 1 de noviembre de 2026. El último IPC publicado en esa fecha es el de septiembre de 2026 (4,9 %) y el último IRAV, 2,54 %. Con el RDL 29/2026, a falta de nuevo pacto y si la renta no supera el límite del sistema de índices de precios de referencia, la subida es como máximo del 2 %: 918,00 € al mes (18,00 € más). Si el Congreso derogara el RDL 29/2026, el límite volvería a ser el IRAV: 2,54 %, 922,86 € al mes.

Ejemplo calculado con el motor de esta web y los datos del INE descargados el 20 de octubre de 2026.

Últimos datos del INE

Variación anual del IRAV y del IPC general (Fuente: INE)
Mes del datoIRAVIPC generalPublicado el
septiembre de 20262,54 %4,9 %14 de octubre de 2026
agosto de 20262,47 %4,3 %15 de septiembre de 2026
julio de 20262,49 %3,6 %13 de agosto de 2026
junio de 20262,44 %3,2 %15 de julio de 2026
mayo de 20262,48 %3,2 %12 de junio de 2026
abril de 20262,4 %3,2 %14 de mayo de 2026
marzo de 20262,47 %3,4 %14 de abril de 2026
febrero de 20262,16 %2,3 %13 de marzo de 2026
enero de 20262,14 %2,3 %13 de febrero de 2026
diciembre de 20252,32 %2,9 %15 de enero de 2026
noviembre de 20252,29 %3 %12 de diciembre de 2025
octubre de 20252,25 %3,1 %14 de noviembre de 2025

IRAV: serie IRAV1. IPC: serie IPC290750 (base 2025), variación anual del índice general nacional. Elaboración propia con datos del INE. Serie completa del IRAV y detalle del último dato: IRAV de septiembre de 2026.

Herramientas oficiales y en qué se diferencia esta calculadora

Esta calculadora complementa esas herramientas: parte de la cláusula del contrato, busca el índice del mes que corresponde según el calendario del INE, aplica los límites vigentes en la fecha de la actualización y muestra qué pasaría si el Congreso derogara el RDL 29/2026. Ante cualquier discrepancia, prevalecen el BOE y las herramientas oficiales.

Qué no cubre

Preguntas frecuentes

¿Cuánto me pueden subir el alquiler en 2026?

Depende del contrato y de la fecha. Sin cláusula de actualización, nada (salvo contratos anteriores al 1 de abril de 2015, que esta calculadora no calcula). Con cláusula, para las anualidades que se cumplieron del 22 de marzo al 29 de abril de 2026, como máximo el 2 % sin nuevo pacto (RDL 8/2026, derogado el 30 de abril de 2026). Para las anualidades que se cumplen desde el 8 de octubre de 2026 y hasta el 31 de diciembre de 2027, sin nuevo pacto, como máximo el 2 % y nunca más que el IRAV; si la renta supera el límite del sistema de índices de precios de referencia, nada (RDL 29/2026, pendiente de convalidación).

¿Qué IRAV se aplica en la actualización?

El último publicado por el INE en la fecha en que se cumple el año de contrato, no el del mes de la firma. El último publicado es el de septiembre de 2026: 2,54 %.

¿Se puede actualizar el alquiler si el contrato no dice nada?

No. El art. 18.1 de la LAU establece que, en defecto de pacto expreso, no se aplica actualización de rentas. Excepción: los contratos firmados antes del 1 de abril de 2015 conservan el régimen vigente al firmarse (disposición transitoria 4.ª de la Ley 12/2023), que actualizaba por el IPC a falta de pacto; esta calculadora no los calcula.

¿Desde cuándo se paga la renta actualizada?

Desde el mes siguiente a aquel en que se notifica por escrito, con el porcentaje aplicado. Vale una nota en el recibo del mes anterior (art. 18.2 LAU).

Fuentes