CuentaNeta tablas 2026 · rev. 2026-10-14

IRAV de septiembre de 2026: 2,54 %. Cuánto te pueden subir el alquiler

Dato del INE publicado el 14 de octubre de 2026 · Reglas legales revisadas el 20 de octubre de 2026 · Página generada a partir de los datos del INE y de las normas citadas, sin texto escrito a mano para este mes

Respuesta corta: el IRAV de septiembre de 2026 es del 2,54 % y el IPC general del mismo mes, del 4,9 %. Es el índice de referencia para las actualizaciones de renta del 14 de octubre de 2026 al 12 de noviembre de 2026. Con un contrato con cláusula IRAV y 800 € de renta, el límite es el 2 % (RDL 29/2026): 800 € pasan a 816,00 € al mes.

Orientativo, no es asesoramiento jurídico. El cálculo parte de la cláusula del contrato y no sustituye a su lectura. Para un contrato concreto, la calculadora aplica las reglas a sus fechas y a su renta.

El dato

IRAV e IPC de septiembre de 2026 (Fuente: INE)
IRAV de septiembre de 2026 (variación anual)2,54 %
Publicado por el INE14 de octubre de 2026 (serie IRAV1)
Respecto al IRAV de agosto de 2026 (2,47 %)+0,07 puntos
IPC general de septiembre de 2026 (variación anual)4,9 %, publicado el 14 de octubre de 2026 (serie IPC290750)
Diferencia IPC − IRAV+2,36 puntos

A qué actualizaciones se aplica

Según el art. 18.1 de la LAU se toma el último índice publicado en la fecha de actualización. El INE publicó el IRAV de septiembre de 2026 el 14 de octubre de 2026 y el de octubre de 2026 lo publicará el 13 de noviembre de 2026. Por tanto, el 2,54 % se aplica a las actualizaciones de renta cuya anualidad se cumple entre el 14 de octubre de 2026 y el 12 de noviembre de 2026, ambos incluidos.

Próximo dato: IRAV de octubre de 2026, que el INE publicará el 13 de noviembre de 2026.

Qué índice se aplica según el contrato: ejemplo con 800 € de renta

Resultado del motor de esta web para cuatro contratos tipo cuya anualidad se cumple en la fecha indicada, sin nuevo pacto entre las partes y con una renta que no supera el límite del sistema de índices de precios de referencia. Las fechas de firma son las que determinan el régimen de cada contrato (art. 18.1 LAU, disposición adicional 11.ª LAU y disposición transitoria 4.ª de la Ley 12/2023).

Actualizaciones del 14 de octubre de 2026 al 12 de noviembre de 2026
ContratoÍndice de la cláusulaLímite aplicadoActualizaciónRenta nueva (800 €)
Firmado desde el 26 de mayo de 2023, cláusula IRAVIRAV de septiembre de 2026: 2,54 %2 % (RDL 29/2026)2 %816,00 €
Si se derogara el RDL 29/2026: 2,54 %, 820,32 €
Firmado entre el 6 de marzo de 2019 y el 25 de mayo de 2023, cláusula IPCIPC de septiembre de 2026: 4,9 %2 % (RDL 29/2026)2 %816,00 €
Si se derogara el RDL 29/2026: 4,9 %, 839,20 €
Firmado antes del 6 de marzo de 2019, cláusula IPCIPC de septiembre de 2026: 4,9 %2 % (RDL 29/2026)2 %816,00 €
Si se derogara el RDL 29/2026: 4,9 %, 839,20 €
Sin cláusula de actualización (firmado desde el 1 de abril de 2015)—sin pacto no hay actualización0 %800,00 €

Calculado con el motor de esta web y los datos del INE descargados el 20 de octubre de 2026. Abrir este ejemplo en la calculadora y cambiar la renta, la firma o la cláusula.

Límites legales vigentes

Últimos 12 meses

Variación anual del IRAV y del IPC general, fecha de publicación y actualizaciones a las que se aplica cada dato (Fuente: INE)
Mes del datoIRAVIPC generalPublicado elSe aplica a actualizaciones
septiembre de 20262,54 %4,9 %14 de octubre de 202614 de octubre de 2026 – 12 de noviembre de 2026
agosto de 20262,47 %4,3 %15 de septiembre de 202615 de septiembre de 2026 – 13 de octubre de 2026
julio de 20262,49 %3,6 %13 de agosto de 202613 de agosto de 2026 – 14 de septiembre de 2026
junio de 20262,44 %3,2 %15 de julio de 202615 de julio de 2026 – 12 de agosto de 2026
mayo de 20262,48 %3,2 %12 de junio de 202612 de junio de 2026 – 14 de julio de 2026
abril de 20262,4 %3,2 %14 de mayo de 202614 de mayo de 2026 – 11 de junio de 2026
marzo de 20262,47 %3,4 %14 de abril de 202614 de abril de 2026 – 13 de mayo de 2026
febrero de 20262,16 %2,3 %13 de marzo de 202613 de marzo de 2026 – 13 de abril de 2026
enero de 20262,14 %2,3 %13 de febrero de 202613 de febrero de 2026 – 12 de marzo de 2026
diciembre de 20252,32 %2,9 %15 de enero de 202615 de enero de 2026 – 12 de febrero de 2026
noviembre de 20252,29 %3 %12 de diciembre de 202512 de diciembre de 2025 – 14 de enero de 2026
octubre de 20252,25 %3,1 %14 de noviembre de 202514 de noviembre de 2025 – 11 de diciembre de 2025

La serie completa del IRAV desde noviembre de 2024 está en una sola página.

Preguntas frecuentes

¿A qué actualizaciones de alquiler se aplica el IRAV de septiembre de 2026?

A las actualizaciones cuya anualidad se cumple entre el 14 de octubre de 2026 y el 12 de noviembre de 2026: es el último IRAV publicado en esas fechas (art. 18.1 LAU). Para las posteriores se usará el de octubre de 2026, publicado el 13 de noviembre de 2026.

¿Cuánto puede subir un alquiler de 800 € con el IRAV de septiembre de 2026?

Con un contrato firmado desde el 26 de mayo de 2023 y cláusula IRAV, el límite es el 2 % (RDL 29/2026): 800 € pasan a 816,00 € al mes (16,00 € más al mes). Si el Congreso derogara el RDL 29/2026, el límite sería el IRAV: 2,54 %, 820,32 € al mes. El resto de contratos tipo está en la tabla de esta página.

¿Por qué el IPC de septiembre de 2026 (4,9 %) no es lo que sube el alquiler?

El IPC solo es la base cuando el contrato lo pacta como índice, y además el incremento no puede superar los límites legales de la fecha de actualización: el IPC para contratos firmados desde el 6 de marzo de 2019, el IRAV para los firmados desde el 26 de mayo de 2023 (y para todos desde el 8 de octubre de 2026 mientras el RDL 29/2026 esté en vigor) y los topes extraordinarios de cada periodo. La tabla de ejemplos muestra el resultado con 800 € para cada contrato tipo.

¿Desde cuándo se paga la renta actualizada?

Desde el mes siguiente a aquel en que se notifica por escrito, con el porcentaje aplicado. Vale una nota en el recibo del mes anterior (art. 18.2 LAU).

Fuentes